Informes de Efecto Fiscal

Informes de Efecto Fiscal

El Capitolio de Puerto Rico en el atardecer

Explore nuestros Informes de Efecto Fiscal, elaborados en la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), diseñados para analizar y comunicar el impacto fiscal de las políticas y medidas en evaluación por la rama Legislativa de Puerto Rico. Le invitamos a acceder en línea o descargar estos informes, junto con los datos que los respaldan, para una consulta y análisis más exhaustivo.

Informe 2027-055 | PC 1352
Agosto 2026
Propone enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, a los fines de reducir de $15 a $5 la multa administrativa impuesta por cada infracción al sistema electrónico de peaje prepagado AutoExpreso.

La OPAL estima que la reducción a $5.00 de la multa administrativa que se impone por cada infracción al sistema de peaje prepagado AutoExpreso, conllevará que la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) recaude $20.3 millones para el AF2027 en lugar del recaudo proyectado de $61 millones por concepto de multas que surge del Plan Fiscal de la ACT. En ese sentido, se estima que el efecto fiscal de la medida será equivalente a dos terceras partes del recaudo proyectado en el Plan Fiscal de la ACT. Por otra parte, los recaudos estimados por la OPAL representarían el 69% de los $29.6 millones contemplados por el Presupuesto Certificado de la ACT para el AF2027 por concepto de multas. Se incluye un Apéndice con un escenario alterno a petición de la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes.

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Informe 2027-054 | PS 981
Agosto 2026
Propone enmendar la Ley Núm. 13-2017, a los fines de ampliar y aclarar los propósitos y facultades de la Corporación “Invest Puerto Rico”; modificar la composición de su Junta de Directores; y para otros fines relacionados.

La OPAL concluye que la aprobación del P. del S. 981 no conllevaría un impacto fiscal directo sobre el Fondo General, dado que la medida introduce cambios en la organización, propósito y funcionamiento de Invest Puerto Rico, que pueden ser sufragados con recursos existentes de la entidad.

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Informe 2027-053 | PC 1331
Agosto 2026
Propone crear la “Ley para la Regulación de Bienes Raíces en Puerto Rico”, a los fines de establecer un nuevo marco jurídico para regular el negocio de bienes raíces en Puerto Rico; y derogar la actual Ley Núm. 10-1994.

Proponer un nuevo marco jurídico para regular el negocio de bienes raíces en Puerto Rico no tiene impacto fiscal. Sin embargo, la medida propone la creación del puesto de Oficial Administrativo de Cumplimiento, nombrado por el Secretario de Estado en el servicio de confianza, cuyo salario anual puede fluctuar entre $39,600 y $81,100, basado en estimados de puestos similares en la Rama Ejecutiva. El impacto fiscal final dependerá de la retribución que se fije en su día y la disponibilidad presupuestaria para ello. Además, la OPAL anticipa un impacto fiscal mínimo por gastos en dietas a raíz del aumento en los miembros de la Junta de la Ley Reguladora de Bienes Raíces, así como un incremento en la frecuencia de las reuniones anuales de dicho cuerpo, ascendente a: $10,395.84 al año.

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Informe 2027-052 | PS 1104
Agosto 2026
Propone incluir animales de servicio como parte del tratamiento para trabajadores bajo la “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”.

Requerir que la Corporación del Fondo del Seguro del Estado provea animales de servicio como parte de sus tratamientos conlleva un efecto fiscal sobre el Presupuesto Certificado de la corporación pública que no se puede precisar dado a que depende de criterios por definir. No obstante, la OPAL realizó un ejercicio ilustrativo del cual se obtuvo un costo inicial unitario aproximado de entre $25,000 y $34,200 por beneficiario.

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Informe 2027-051 | PC 696
Agosto 2026
Propone añadir un inciso (26) al Artículo 3.8 del Código Electoral de Puerto Rico de 2020 para establecer como deber del Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) la presentación de un informe sobre gestiones realizadas, previo a cada evento electoral.

No tiene Impacto Fiscal (NIF)

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Informe 2027-050 | PS 1187
Agosto 2026
Ampliar el ámbito de aplicación de la Ley Núm. 43-2020, de manera que sus disposiciones sean aplicables durante declaraciones de emergencia de salud pública o epidemias.

De aprobarse el P. del S. 1187, la OPAL estima que el impacto fiscal anual sobre las organizaciones de seguros de salud, aseguradoras, administradores de beneficios de farmacia (PBMs) y terceros administradores podría oscilar entre $264,162 ante una epidemia similar a la del dengue y entre $6.7-$64.0 millones en un escenario comparable al de la pandemia del COVID-19. Aunque la medida podría generar un ahorro en los gastos de bolsillo de los asegurados, también podría incrementar las primas de los planes de salud y afectar los costos operacionales y las obligaciones contributivas de las aseguradoras. En cuanto al Gobierno de Puerto Rico, la OPAL concluye que el impacto fiscal sugiere ser mínimo, aunque no puede precisarse al presente debido a la estructura de financiamiento del Programa Medicaid y a la incertidumbre sobre el costo de atender a la población sin cubierta médica.

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Informe 2027-049 | PC 1100
Agosto 2026
Enmienda la Ley Núm. 1-2011, con el fin de eximir del pago del IVU a los pañales para adultos, protectores absorbentes desechables y cualquier otro producto personal higiénico similar, cuyo uso sea para adultos mayores.

El efecto fiscal de eximir del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) los pañales desechables para adultos mayores de 60 años se estiman en $7.1 millones para el año fiscal 2027. Es importante mencionar que el estimado no considera otros productos de higiene personal establecidos en la medida por disponibilidad de información, por lo que el estimado presentado en este Informe debe ser tomado como un el costo fiscal mínimo de aprobar la medida.

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Informe 2027-048 | PC 1321
Agosto 2026
Propone enmendar la Ley Núm. 95 de 29 de junio de 1963, con el fin de garantizar que los empleados públicos puedan seleccionar su plan médico entre aquellos previamente aprobados por la ASES.

No tiene Impacto Fiscal (NIF)

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Informe 2027-047 | PS 1110
Agosto 2026
Para enmendar los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley 56-2023 a los fines de declarar el mes de abril de cada año como el "Mes de la Actividad Física Inclusiva en Puerto Rico" y el 6 de abril como el "Día de la Actividad Física Inclusiva en Puerto Rico".

No tiene Impacto Fiscal (NIF)

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Informe 2027-046 | PS 1111
Agosto 2026
Propone añadir un inciso (d) de la Sección 4030.13 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011", para ampliar la exención del impuesto sobre ventas y uso (IVU) aplicable a artículos y equipos para suplir deficiencias físicas o fisiológicas a personas con impedimentos.

El efecto fiscal de eximir del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) los andadores y bastones adquiridos por personas con impedimentos o adultos mayores elegibles se estima en $727,995 para el año fiscal 2027.

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