Informes de Efecto Fiscal

El Capitolio de Puerto Rico en el atardecer

Explore nuestros Informes de Efecto Fiscal, elaborados en la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), diseñados para analizar y comunicar el impacto fiscal de las políticas y medidas en evaluación por la rama Legislativa de Puerto Rico. Le invitamos a acceder en línea o descargar estos informes, junto con los datos que los respaldan, para una consulta y análisis más exhaustivo.

Informe 2026-123 | PS 151
Septiembre 2025
Propone crear la “Ley de Artes en Lugares Públicos de Puerto Rico” con el propósito de que el Gobierno de Puerto Rico tenga una reserva de fondos correspondiente al 0.5% o al 1% del dinero asignado para construcciones nuevas o renovaciones estructurales mayores estatales y/o municipales, para la adquisición o diseño de obras de artes a ser utilizadas en lugares y edificaciones públicas e históricas.

Si bien la aprobación de la medida no representa un costo fiscal directo per se sobre el erario, su implementación representa costos implícitos. Por ejemplo, el P. del S. 151 podría representar un aumento en el costo de proyectos de construcción y renovaciones de infraestructura en proporción a las aportaciones al Fondo para Arte en Lugares Públicos.

Efecto Fiscal: Consultar en Informe
Informe 2026-122 | PC 183
Septiembre 2025
Propone la “Carta de Derechos Digitales de Puerto Rico”.
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Informe 2026-121 | PC 460
Septiembre 2025
Propone que se exima de la penalidad la cantidad distribuida con anterioridad a los 60 años que sea para la adquisición de una propiedad inmueble con fines exclusivamente agrícolas.

El efecto fiscal de que se exima de la penalidad la cantidad distribuida con anterioridad a los 60 años que sea para la adquisición de una propiedad inmueble con fines exclusivamente agrícolas es de $27,842 por cada 1% de las planillas que efectúen retiros de cuentas de retiro individual para dichos propósitos.

Efecto Fiscal: Consultar en Informe
Informe 2026-120 | PS 320
Septiembre 2025
Propone enmendar la Sección 1033.11 de la Ley 1-2011, según enmendada y conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a los fines de aumentar la cantidad de meses que un patrono deberá emplear a una persona severamente impedida para poder beneficiarse de la deducción para patronos dispuesta en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico, así como para aumentar la cantidad máxima de personas que pueden contratar en virtud de esta Sección.

No tiene Impacto Fiscal (NIF)

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Informe 2026-119 | PC 661
Septiembre 2025
Propone incluir en la definición de “Servidores Públicos de Alto Riesgo” a los Agentes del Negociado de Investigaciones Especiales para disponer que puedan acogerse voluntariamente al retiro luego de haber alcanzado los cincuenta y cinco (55) años de edad y treinta (30) años de servicio.

2026: $362,435
2027: $414,345
2028: $414,345
2029: $439,374
2030: $480,979

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Informe 2026-118 | PC 374
Septiembre 2025
Propone incluir a los Jefes de Instituciones Juveniles en la definición de “Servidores Públicos de Alto Riesgo”.

2026: $72,252
2027: $72,252
2028: $72,252
2029: $72,252
2030: $72,252

Efecto Fiscal: Consultar en Informe
Informe 2026-117 | PS 336
Septiembre 2025
Propone crear la “Ley de la Corporación de Comedores Escolares y la Ampliación de sus Servicios a Adultos Mayores” para establecer una operación integral efectiva respecto a procesos, productos y servicios e implantar un programa agresivo que planifique, organice, dirija y fiscalice las operaciones de las autoridades escolares de alimentos y los programas de nutrición, desde la infancia hasta la vejez.

El establecimiento de la “Corporación de Comedores Escolares y la Ampliación de sus Servicios a Adultos Mayores”, como entidad sucesora de la Agencia Estatal de Servicios de Alimentos y Nutrición (AESAN) y la Autoridad Escolar de Alimentos no conllevaría un costo fiscal significativo mientras mantenga la misma prestación de servicios a la población recipiente. Sin embargo, la OPAL estima que la expansión de servicios a personas de edad avanzada podría acarrear costos fiscales en el rango de $246.3-$674.9 millones de dólares durante los próximos años fiscales. Este impacto fiscal deberá ser absorbido con recursos de la nueva corporación pública o a través de nuevas subvenciones federales.

Efecto Fiscal: Consultar en Informe
Informe 2026-116 | PC 764
Septiembre 2025
Para derogar la Ley Núm. 266 de 11 de septiembre de 1998, conocida como “Ley de Fluoruración de las Aguas Potables en Puerto Rico”, por esta ser obsoleta e inoficiosa.

No tiene Impacto Fiscal (NIF)

Efecto Fiscal: Consultar en Informe
Informe 2026-115 | PS 661
Septiembre 2025
Para modificar la composición de la Junta Interagencial para el Manejo de las Playas de Puerto Rico; crear una aplicación móvil sobre las condiciones marítimas de las playas en PR; disponer la responsabilidad de las hospederías de enviar alertas a sus huéspedes para informar la peligrosidad de las playas en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

Modificar la composición de la Junta Interagencial para el Manejo de las Playas de Puerto Rico; elaborar un nuevo Plan de Trabajo Integral; y delegar a los hoteles y plataformas de alquiler a corto plazo la obligación de advertir a sus huéspedes sobre las condiciones de las playas en Puerto Rico, no tiene efecto fiscal. No obstante, la creación de una aplicación móvil con diversa información relacionada a las condiciones climatológicas de las playas pudiese conllevar un costo fiscal estimado de $600,000.00.

Efecto Fiscal: Consultar en Informe
Informe 2026-114 | PC 736
Septiembre 2025
Propone enmendar los Artículos 3, 7, 8 y 9 de la Ley 42-2023, para modificar la composición de los Grupos Especiales de Trabajo para la implementación de la ley; designar al Departamento de Hacienda como la agencia responsable de la creación del programa voluntario de ahorro para el retiro.

No tiene Impacto Fiscal (NIF)

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