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Explore nuestros Informes de Efecto Fiscal, elaborados en la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), diseñados para analizar y comunicar el impacto fiscal de las políticas y medidas en evaluación por la rama Legislativa de Puerto Rico. Le invitamos a acceder en línea o descargar estos informes, junto con los datos que los respaldan, para una consulta y análisis más exhaustivo.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)
$18.0 millones
De aprobarse el P. del S. 1096, se estima un efecto fiscal potencial de $1.4 millones si se considera la conversión de la totalidad de plazas de jueces municipales a jueces superiores. No obstante, dada la progresividad de los cambios, pues son sujetos al vencimiento de los nombramientos, el costo fiscal neto anual fluctúa entre $500,000 y $583,734 durante el periodo comprendido entre los años fiscales 2026 al 2031.
No se puede precisar (NPP)
El efecto fiscal de requerir, prospectivamente, que los baños asistidos, en edificaciones públicas y privadas, posean cambiadores universales no conlleva impacto fiscal significativo sobre el Fondo General. Ahora bien, construcciones o remodelaciones prospectivas sujetas a la medida, podrían ver aumentar sus costos en un rango mínimo de $3,025-$8,223 por la adquisición de un solo cambiador.
El costo fiscal de promulgar la “Ley de Distribución del Exceso de Recaudos del Gobierno de Puerto Rico” no se puede precisar, pues depende de la existencia y certificación del exceso en los recaudos. No obstante, destacamos que en virtud de las disposiciones de la ley PROMESA, la Junta de Supervisión y Administración Financiera maneja el gasto público a través de los planes fiscales y los presupuestos certificados. En consecuencia, cualquier reprogramación o reasignación de fondos deberá cumplir con la Sección 11 del Presupuesto Certificado y ser previamente aprobada por la JSAF.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)
RCC 315: $25 millones
RCC 316: $60 millones
No tiene Impacto Fiscal (NIF)
Establecer un proceso expedito de revisión de solicitudes de carrera magisterial como provee el P. del S. 1027, no tiene impacto fiscal. La medida revisada por la OPAL no varía los requerimientos del Programa de Carrera Magisterial, no genera nuevas obligaciones de pago ni incrementa la deuda existente a los docentes. Según informado por el DEPR, la deuda actual por pagos retroactivos asciende a $90.4 millones de dólares, acumulada desde el periodo de 2010 al 30 de junio de 2025. Además, la agencia informó a la OPAL que no cuenta con solicitudes de docentes por evaluar y el impacto recurrente sobre ajustes salariales prospectivos del Programa de Carrera Magisterial ronda los $17 millones anuales.