La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó la Resolución Conjunta del Senado 216 (R. C. del S. 216), la cual ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) enmendar el Reglamento Núm. 4860, “Reglamento para el Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de las Aguas Territoriales, los Terrenos Sumergidos bajo estas y la Zona Marítimo-Terrestre”, para establecer que las concesiones otorgadas a industrias turísticas permanezcan vigentes o, en su defecto, se expida una autorización provisional mientras el Departamento evalúa una solicitud de renovación presentada oportunamente.
Además, la medida dispone que las enmiendas se tramiten conforme al procedimiento de reglamentación establecido en la Ley Núm. 38-2017 y que el DRNA informe a la Asamblea Legislativa, dentro de los noventa (90) días de aprobada la medida, sobre las gestiones realizadas.
Tras su análisis, la OPAL concluye que la R. C. del S. 216 no tendría efecto fiscal para el erario, debido a que el proceso de enmienda reglamentaria no conllevaría un costo fiscal significativo y las gestiones requeridas podrían realizarse con los recursos existentes del DRNA.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)