La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 1303 (P. del S. 1303), el cual propone enmendar varios artículos de la Ley Núm. 153-2013, según enmendada, conocida como la “Ley de Agencias Rectificadoras de Crédito”, para transferir del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF) la responsabilidad de expedir licencias, supervisar, fiscalizar, investigar, atender querellas, administrar y hacer cumplir las disposiciones aplicables a las Agencias Rectificadoras de Crédito.
Además, la medida elimina los artículos 28, 29 y 30 de la Ley 153-2013, reenumera los artículos subsiguientes y faculta al Comisionado de Instituciones Financieras a promulgar la reglamentación necesaria para su implantación. Entre otros cambios, actualiza la referencia a la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, modifica los mecanismos de pago de los cargos de investigación, derechos de licencia y cargos de inspección, y elimina disposiciones relacionadas con la remisión de estos fondos al DACO. Finalmente, enmienda la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, para atemperarla a las disposiciones propuestas.
Tras su análisis, la OPAL concluye que la aprobación del P. del S. 1303 no tendría costo fiscal, debido a que las funciones transferidas a la OCIF son cónsonas con las facultades que ya le confiere su Ley Orgánica. Su implementación requeriría únicamente ajustes administrativos y reglamentarios, sin contemplar la asignación de fondos adicionales. Asimismo, los cargos de investigación, licencias e inspección continuarían recaudándose, aunque pasarían a ser pagados directamente a la OCIF, lo que daría paso a un incremento en los ingresos propios de la entidad.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)