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Informe 2027-068 | PS 1304

Septiembre 2026
Proyecto del Senado
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Resumen

La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 1304 (P. del S. 1304), el cual propone enmendar la Ley 364-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Agencias de Informes de Crédito”, con el fin de centralizar en la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF) la administración y fiscalización de esta Ley así como remover la jurisdicción general del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) sobre la administración de Ley. La medida le concede al Comisionado la facultad de imponer multas y ejercer jurisdicción concurrente con los tribunales sobre reclamaciones y querellas, y se le autoriza a realizar los ajustes reglamentarios y administrativos necesarios para implementar la Ley.

De otro lado, la medida propone que las agencias reguladas publiquen en sus portales cibernéticos y en redes sociales el derecho que tienen los consumidores a obtener gratuitamente un informe de crédito una vez al año.

Por último, se introducen enmiendas técnicas para atemperar y armonizar referencias legales al marco jurídico vigente.

Tras su análisis, la OPAL concluye que la aprobación del P. del S. 1304 no tiene impacto fiscal, debido a que los cambios propuestos no conllevan erogación de fondos ni implican gastos adicionales sobre el Fondo General en su implementación. La Ley 364-2000 ya confiere ciertas facultades regulatorias a la OCIF sobre las agencias de informes de crédito. La transferencia de la jurisdicción general sobre la administración de la Ley y la resolución de querellas no implica una carga onerosa a las operaciones de la OCIF. Ello pues, según nos informó el DACO, entre los años fiscales 2023-2026, no se presentó ninguna querella con respecto a esta ley. Independientemente, la OCIF cuenta con un andamiaje administrativo existente para atender querellas, a través de su División de Querellas y Consultas. Tomando en consideración el comportamiento de las querellas presentadas entre el 2023-2026, esta División podrá acoger cualquier querella que se presente a futuro, sin necesidad de contratar personal adicional o de incurrir en costos sustanciales.

Efecto Fiscal

No tiene Impacto Fiscal (NIF)

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