La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) estimó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 865 (P. del S. 865). En su Sección 1, el Proyecto propone eximir de tributación toda la propiedad mueble a los pequeños y medianos comerciantes (PyMEs) cuyo volumen de venta no exceda de $5 millones. Sin embargo, en su Sección 2, la medida parece eximir solamente aquella propiedad mueble destinada a la reventa (inventario).
El efecto fiscal del P. del S. 865, al eximir a las PyMEs del pago de la contribución sobre la propiedad mueble según lo dispuesto en la Sección 1, se estima en $81.4 millones para el año fiscal 2027. Se proyecta el efecto fiscal ascienda a $87.1 millones para el año fiscal 2030.
Asimismo, se evaluó un escenario alterno alineado con la intención legislativa expuesta en la Exposición de Motivos y en la Sección 2 de la medida, que contempla la exención del impuesto sobre aquella propiedad mueble destinada a la reventa (inventario); bajo este escenario, el efecto fiscal se estima en $45.6 millones para el año fiscal 2027. Se proyecta aumentaría a $48.8 millones para el año fiscal 2030.
No obstante, somos del criterio que, de aprobarse la medida según radicada, la exención se interpretaría favorablemente para los contribuyentes y eximiría toda la propiedad mueble de las PyMEs de tributación, independientemente de que se destine a la reventa.
El efecto fiscal del P. del S. 865, al eximir a las PyMEs de la totalidad del impuesto sobre la propiedad mueble según lo dispuesto en la Sección 1, se estima en $81.4 millones para el año fiscal 2027. Asimismo, se evaluó un escenario alterno que contempla solamente la exención del impuesto sobre el inventario para las PyMEs; bajo este escenario, el efecto fiscal se estima en $45.6 millones para el año fiscal 2027.