La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal de la Resolución Conjunta de la Cámara (R. C. de la C. 280), que ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a realizar todas las gestiones administrativas, legales y registrales necesarias para ejecutar la transferencia de titularidad, administración y control del Parque Nacional Balneario y Centro Vacacional Boquerón. La medida contempla la transferencia de la titularidad libre de costo, y requiere que el Registrador de la Propiedad calificar los documentos de inscripción en un periodo de noventa (90) días a partir de su presentación.
Evaluada la medida, la OPAL concluye que la aprobación de la R. C. de la C. 280 no tiene impacto fiscal, pues el DRNA suscribió un contrato de arrendamiento con el Municipio de Cabo Rojo en el año 2024, en el que traspasó la administración de ciertas áreas del Balneario de Boquerón. Con respecto a la transferencia de la titularidad, destacamos esa transacción pudiera estar en tensión con las disposiciones de la Ley Núm. 9-2001, y de la reglamentación federal aplicable, en virtud del Land and Water Conservation Fund Act.
Ordenar al DRNA el traspaso de la administración del Balneario y Centro Vacacional de Boquerón al Municipio de Cabo Rojo no tendría efecto fiscal, ya que dicha operación ya se materializó mediante el contrato de arrendamiento 2024-000151, vigente hasta el año 2030. No obstante, la incorporación de facilidades adicionales bajo arrendamiento podría generar un efecto fiscal para el municipio, ante un posible aumento en el canon pagadero al DRNA. Asimismo, se señala que un eventual traspaso de titularidad de un parque nacional podría entrar en tensión con lo dispuesto en la Ley Núm. 9-2001.