La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 966 (P. del S. 966), el cual propone regular la profesión de emplazador en Puerto Rico. La medida propone crear la Junta Reglamentadora de Emplazadores de Puerto Rico, adscrita a la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT). Como parte de sus funciones delegadas, la Junta tiene la responsabilidad de regular, supervisar, acreditar, licenciar y sancionar a todo el que se dedique a ser emplazador.
Evaluada la medida, la OPAL concluye que su impacto fiscal no se puede precisar, pues depende de un análisis gerencial sobre las funciones delegadas a la OAT en virtud de la nueva Junta Reglamentadora. Por ejemplo, costos asociados a desarrollar un currículo de capacitación y educación continua, según requiere la medida; costos relacionados a la expedición de licencias; contratación de personal para implementar los aspectos administrativos, incluso la investigación de querellas y los procesos disciplinarios. Aunque la medida permite que se imponga el pago de una cuota a través de reglamento, dicho monto no está especificado en la legislación propuesta, por lo que los recaudos que la OAT obtenga dependerán de la cuantía que se establezca a futuro. Por ello, el efecto fiscal de regular los emplazadores en Puerto Rico estaría dado por los costos de implementar el andamiaje administrativo que requiere la Junta Reglamentadora para operar y cualquier cuantía que recaude por parte del candidato o aspirante a ser emplazador.
No se Puede Precisar (NPP)