La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el costo fiscal del Proyecto de la Cámara 805 (P. de la C. 805), según radicado, que propone promulgar la “Ley para Reglamentar la Profesión de Técnicos Quirúrgicos”. La medida establece los requisitos que debe cumplir cada aspirante a ejercer la profesión de técnico quirúrgico en Puerto Rico. A esos fines, crea una Junta Examinadora, adscrita al Departamento de Salud, dispone su composición y sus funciones.
Evaluada la medida, la OPAL concluye que su efecto fiscal no se puede precisar. Aunque los costos administrativos asociados a la operación de la Junta Examinadora pudieran ser sufragados parcialmente mediante el cobro de los derechos establecidos en el Artículo 18 del P. de la C. 805, la implementación inicial de la medida conlleva costos administrativos para el Departamento de Salud que no son precisables. Por ejemplo, costos asociados a la preparación y desarrollo del examen de reválida, tanto en su modalidad teórica como práctica; la redacción y aprobación de reglamentos especializados; así como de programas de orientación a los aspirantes a ejercer la profesión.
No se Puede Precisar (NPP)