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Explore nuestros Informes de Efecto Fiscal, elaborados en la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), diseñados para analizar y comunicar el impacto fiscal de las políticas y medidas en evaluación por la rama Legislativa de Puerto Rico. Le invitamos a acceder en línea o descargar estos informes, junto con los datos que los respaldan, para una consulta y análisis más exhaustivo.
El efecto fiscal del crédito contributivo al patrono equivalente al 50% del bono de maternidad pagado, aplicable contra su contribución sobre ingresos, se estimó en aproximadamente $11.8 millones anuales a partir de 2027.
Permitir que la AAA mantenga brigadas propias de celadores de línea y personal con experiencia operacional en el sistema de energía eléctrica tendría un efecto fiscal neutral siempre que se contraten celadores que estén actualmente empleados por otra agencia o entidad gubernamental, en virtud del proceso de movilidad establecido en la Ley 8-2017. El impacto presupuestario sobre la AAA puede ascender a $2.2 millones, basado en un estimado del salario promedio de un celador movilizado de la AEE. En el escenario vislumbrado por la OPAL, el impacto presupuestario se podría neutralizar mediante reprogramación o mediante el proceso ordinario de confección del presupuesto.
Fijar en $1,000 la pensión mínima mensual de maestros y empleados públicos retirados conlleva un aumento en el gasto público por concepto de PayGo de $232.6 millones por año fiscal.
$17,500
La creación del Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico, bajo la administración de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, no conlleva costo fiscal sobre el Fondo General, al tratarse de una redistribución de recursos existentes. La medida dispone que las asignaciones para mejoras capitales permanentes y el 35% de los recaudos del Puerto Rico Trust Fund se consignen en un solo Fondo, sin incrementar gastos ni crear nuevas obligaciones sobre el fisco. No obstante, las asignaciones anuales que nutrirían el Fondo podrían ascender a aproximadamente $638,496,026.
De aprobarse la R. C. de la C. 318, la OPAL concluye que la medida no sugiere un costo fiscal significativo, toda vez que la evaluación de una posible acción de recobro podría realizarse como parte de las funciones ministeriales del Departamento de Justicia. De instaurarse una acción de recobro y resultar favorable, se estima que el Gobierno de Puerto Rico podría recuperar al menos $105,555 por concepto de horas extras pagadas a ciertos agentes destacados como escoltas durante el periodo comprendido entre los años fiscales 2023-2025 y hasta septiembre del año fiscal 2026.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)
De aprobarse el P. del S. 1096, se estima un efecto fiscal potencial de $889,670 dólares si se considera la transformación de la totalidad de plazas de jueces municipales a jueces superiores. No obstante, dada la progresividad de los cambios, pues son sujetos al vencimiento de los nombramientos, el costo fiscal neto anual fluctúa entre $0 y $83,734 durante el periodo comprendido entre los años fiscales 2027 al 2031.
La aprobación del P. de la C. 993 conllevaría un impacto fiscal inmediato sobre el Fondo General de $10 millones, asociados al financiamiento inicial del Fondo Especial para la operación de la Oficina de Internacionalización Virtual (OVI). No obstante, debido a que la medida no dispone sobre el financiamiento futuro de la OVI, el impacto fiscal para los años fiscales subsiguientes no se puede determinar con precisión.
De aprobarse el P. de la C. 1077, la OPAL concluye que la medida no tendría un impacto fiscal significativo. Su aprobación podría generar costos administrativos y operacionales marginales asociados a la inclusión de los Inspectores de Pesas y Medidas del DACO dentro de la definición de “Agente del Orden Público”, particularmente por concepto de los adiestramientos requeridos, así como una reducción potencial de hasta $4,400 en recaudos por derechos de expedición de licencias de armas. Dado que la medida no requiere expresamente la adquisición o asignación de armas, municiones o equipo, cualquier costo adicional dependerá de las determinaciones administrativas adoptadas para su implementación. Por consiguiente, no se anticipa un impacto fiscal significativo sobre el Fondo General.