La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el Proyecto de la Cámara 727 (P. de la C. 727), el cual propone crear la “Ley de Protección del Espacio Aéreo y Uso de Sistemas Aéreos No Tripulados sobre Instalaciones de Seguridad del Gobierno de Puerto Rico”, con el propósito de regular el uso de drones en áreas vinculadas a instalaciones de seguridad pública e infraestructura crítica del Gobierno.
La medida dispone la prohibición de operar sistemas aéreos no tripulados en espacios aéreos restringidos sin la debida autorización, establece límites de altura y distancias mínimas conforme a la reglamentación aplicable y a las disposiciones de la Federal Aviation Administration (FAA), y establece penalidades civiles y criminales según la naturaleza y gravedad de la infracción. De igual forma, contempla excepciones para determinados usos autorizados, asigna los ingresos provenientes de multas a determinados programas e iniciativas, y ordena la adopción de reglamentación en coordinación con las agencias pertinentes y la FAA.
La OPAL concluye que el P. de la C. 727 no conlleva impacto fiscal significativo, ya que sus disposiciones se limitan a la regulación de conductas y no se anticipan costos relevantes ni recaudos recurrentes asociados a su implementación.
Al momento de la prepararse este informe, el texto de aprobación del P. de la C. 727 había sido aprobado por la Cámara de Representantes, remitido al Senado y referido a la comisión correspondiente para su evaluación.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)