La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 732 (P. del S. 732) , que propone establecer la obligatoriedad de que, en todos los torneos deportivos, competencias y en las escuelas especializadas en deporte, se garantice la presencia de al menos un (1) terapeuta atlético.
De aprobarse el P. del S. 732, la OPAL concluye que la medida representa gastos marginales por la garantía de que haya, al menos, un terapeuta atlético en los torneos, competencias y escuelas especializadas. El estimado presentado de $198,894 incluye gastos de nómina y costos relacionados en la contratación de estos profesionales en las siete (7) escuelas especializadas en deporte del Departamento de Educación de Puerto Rico. Con respecto a los torneos y competencias deportivas, el impacto fiscal no se puede precisar, al momento, por la falta de información sobre el número de eventos competitivos en Puerto Rico.
Por lo tanto, la OPAL concluye que, de aprobarse la medida, esta tendría un impacto fiscal mínimo de $198,894 sobre el Fondo General del año fiscal 2026, correspondiente a las escuelas especializadas en deporte.
La OPAL estima que el P. del S. 732 tendría un costo fiscal mínimo de $198,894 para el Fondo General en el año fiscal 2026, principalmente por la contratación de terapeutas atléticos en escuelas especializadas. El estimado no incluye el costo fiscal al sector privado por la contratación terapeutas atléticos para su presencia en torneos y competencias deportivas.