La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) estimó el efecto fiscal del Proyecto de la Cámara 855 (P. de la C. 855), que propone enmendar las Secciones 1033.16 y 1033.17 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” a los fines de conceder una deducción fiscal no mayor de quinientos (500) dólares por gastos elegibles incurridos por educadores para compra de materiales y servicios relacionados con su práctica docente; y para otros fines relacionados.
De aprobarse el P. de la C. 855, la OPAL concluye que tendría un efecto fiscal de $2.1 millones para el año fiscal 2027 relacionado a la deducción propuesta por los gastos de los educadores elegibles sobre bienes y servicios asociados al servicio educativo.
$2.1 Millones