La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto de la Cámara 610 (P. de la C. 610). El mismo propone una exención temporera del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) para los comerciantes para la reposición de inventario destruido o perdido a causa de desastres naturales.
La OPAL concluye que esta medida no representa impacto fiscal, pues su efecto se limita a establecer que el comerciante no tenga que “prepagar” IVU en casos de reposiciones de inventario dañado por causa de un desastre natural. En esa línea, la medida bajo análisis mantiene el cobro de IVU al consumidor final por la venta del inventario repuesto. En todo caso, esta medida varia temporeramente el flujo de efectivo hacia el Departamento de Hacienda postergando el día en el que la agencia recibirá el IVU.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)