La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) estimó el efecto fiscal del Proyecto de la Cámara 42 (P. de la C. 42) que propone crear la Ley del Registro de Cabilderos y de Entidades que Realizan Gestiones Relacionadas al Cabildeo y sus Representantes del Gobierno de Puerto Rico, para establecer la política pública sobre el ejercicio de funciones de cabildeo ante el Gobierno, reglamentar esta profesión y establecer penalidades.De aprobarse el Proyecto de la Cámara 42, se estima un aumento inicial en los ingresos del Gobierno de $36,250. No obstante, dado el nivel de incertidumbre respecto a la cantidad futura de cabilderos que se registren en el Ejecutivo y el Legislativo, la OPAL no realizó proyecciones adicionales sobre el efecto fiscal de la medida.
+$36,250