La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto de la Cámara 970 (P. de la C. 970), el cual propone una revisión integral de la Ley Núm. 181-2009, conocida como “Ley de Residencias Turísticas de Puerto Rico”, mediante la enmienda, derogación, renumeración y adición de disposiciones para actualizar el marco regulatorio aplicable a las residencias turísticas. Entre los principales cambios se encuentran la consolidación de las funciones regulatorias en el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), la eliminación de la intervención de la Compañía de Turismo en diversos procesos administrativos, la simplificación de los requisitos para la aprobación de contratos y licencias, al actualización de definiciones y referencias legales, la flexibilización de ciertos procedimientos para urbanizadores turísticos y la incorporación de un nuevo artículo que autoriza el pago de compensaciones por referidos bajo las condiciones establecidas en la ley.
De aprobarse el P. de la C. 970, se modificaría el marco regulatorio aplicable al licenciamiento, desarrollo, mercadeo y venta de proyectos de residencias turísticas en Puerto Rico, simplificando diversos trámites administrativos y transfiriendo a DACO funciones que actualmente cuentan con la participación de la Compañía de Turismo de Puerto Rico.
La OPAL concluye que, si bien la medida elimina la facultad del DACO para imponer multas por transgresiones a la Ley Núm. 181-2009, en términos generales, la medida no sugiere un costo fiscal directo. El P. de la C. 970 trata principalmente de enmiendas dirigidas a reorganizar el marco jurídico relacionado a las residencias turísticas.
De aprobarse el P. de la C. 970, la OPAL concluye que, si bien la medida elimina la facultad del Departamento de Asuntos del Consumidor para imponer multas por transgresiones a la Ley Núm. 181-2009, en términos generales, la medida no sugiere costo fiscal.