La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó la Resolución Conjunta de la Cámara 410 (R. C. de la C. 410), la cual ordena al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) enmendar el Reglamento de Pesca de Puerto Rico para establecer límites mínimos de captura diferenciados por sexo para el juey de tierra. La medida establece un ancho mínimo de caparazón de 65 milímetros (2.5 pulgadas) para las hembras y 80 milímetros (3 pulgadas) para los machos, y mantiene la prohibición de capturar hembras ovígeras. Además, establece un término para completar las enmiendas reglamentarias, autoriza la adopción de reglas de emergencia, requiere una campaña educativa y dispone la presentación de un informe a la Asamblea Legislativa.
Evaluada la medida, la OPAL concluye que la R. C. de la C. 410 no tendría impacto fiscal, ya que las gestiones requeridas corresponden a las funciones del DRNA y podrían atenderse con los recursos existentes del Departamento.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)