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Informe 2027-128 | PS 1472

Octubre 2026
Proyecto del Senado
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Resumen

La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 1472 (P. del S. 1472), el cual eliminaría la inscripción en el Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales (RUP) como requisito de contratación para los asistentes de educación, asistentes T1 y T2, y los asistentes contratados mediante el procedimiento de remedio provisional. Además, la medida establecería un término de 60 días, a partir de su aprobación, para que la Administración de Servicios Generales (ASG) reembolse a estos asistentes toda tarifa o cargo cobrado por su inscripción en el RUP.

De aprobarse la medida, la OPAL estima que el efecto fiscal de eximir de los requerimientos del RUP a los asistentes T1 y T2 conllevaría una merma en ingresos recurrentes de la ASG por $514,400 anuales, equivalente a $497,939 netos luego de descontados los ingresos de IVU, a partir del año fiscal 2028. Por otra parte, reembolsar las cuotas de inscripción en el RUP cobradas presumiblemente desde agosto 2021 representaría un gasto no recurrente de $3.1 millones para la ASG. Luego del incremento en los recaudos del IVU, el efecto neto al fisco de emitir reembolsos a los asistentes se traduciría en aproximadamente $2.9 millones.

Efecto Fiscal

El efecto fiscal de eximir de los requerimientos del RUP a los asistentes T1 y T2 conllevaría una merma en ingresos recurrentes de la Administración de Servicios Generales (ASG) por $514,400 anuales, equivalente a $497,939 netos luego de descontados los ingresos de IVU, a partir del año fiscal 2028. Por otra parte, reembolsar las cuotas de inscripción en el RUP cobradas presumiblemente desde agosto 2021 representaría un gasto no recurrente de $3.1 millones para la ASG. Luego del incremento en los recaudos del IVU, el efecto neto al fisco de emitir reembolsos a los asistentes se traduciría en aproximadamente $2.9 millones.

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