La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 1412 (P. del S. 1412) y Proyecto de la Cámara 1383 (P. de la C. 1383), que buscan permitir al Secretario de Hacienda celebrar sorteos de la Lotería de Puerto Rico, cuando las necesidades del mercado o las necesidades fiscales del Gobierno de Puerto Rico lo ameriten. La medida también modifica los requisitos para ejercer como agente de venta de billetes de la lotería, con el fin de aumentar de $20,000 a $30,000 el límite de sus bienes valorados para fines contributivos. Además, se modifica la compensación que reciben los miembros de la Junta de Sorteo.
Evaluadas las medidas, la OPAL concluye que la ampliación en los sorteos de lotería autorizados podría allegar ciertos recaudos a la Lotería; sin embargo, la revisión de literatura nos lleva a concluir que la expansión de juegos de azar no implica necesariamente un aumento en los recaudos dado a que ello puede dar lugar a un efecto sustitución entre los juegos legalizados. Lo anterior, lleva a considerar la manifestación de una redistribución de los recursos ya captados por el erario, anulando el efecto fiscal.
Por otra parte, la OPAL no puede cuantificar el impacto fiscal de la variación de la compensación de los miembros de la Junta de Sorteo. Ello se debe a que las medidas bajo análisis no establecen la nueva compensación aplicable, sino que delegan al Secretario de Hacienda establecer mediante Orden Administrativa la nueva compensación que girará contra los Fondos Especiales bajo la custodia del Departamento de Hacienda.
Enmendar la Ley de la Lotería de Puerto Rico para facultar al Secretario de Hacienda a establecer la frecuencia y los tipos de sorteos de lotería tradicional no tiene impacto fiscal puesto que el aumento en las jugadas autorizadas no necesariamente redunda en mayores recaudos, dado el posible efecto de sustitución entre los juegos de lotería existentes. El cambio en la compensación de los miembros de la Junta de Sorteo pudiera generar un impacto fiscal indeterminado sobre los ingresos propios de la Lotería de Puerto Rico. Sobre este último asunto, las medidas bajo análisis delegan al Secretario de Hacienda adoptar mediante Orden Administrativa la compensación correspondiente.