La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 1257 (P. del S. 1257), que propone enmendar el inciso (g) de la Sección 1022.03 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, con el fin de eximir de la contribución mínima tentativa a las corporaciones o entidades sin fines de lucro, aunque no hayan obtenido formalmente una exención contributiva. Además, la medida autoriza al Departamento de Hacienda a cancelar las deudas acumuladas por ese concepto a las organizaciones que acrediten haber presentado su solicitud de exención contributiva o que esta se encuentre en trámite, y dispone la suspensión de penalidades, recargos e intereses mientras dicha solicitud permanezca pendiente de una determinación final.
De aprobarse, el P. del S. 1257 la OPAL estima un efecto fiscal mínimo potencial de $588,965 para el año fiscal 2027. Dicho estimado no incorpora el impacto fiscal asociado a la cancelación de deudas dispuesta en la Sección 2 de la medida.
De aprobarse, el P. del S. 1257 la OPAL estima un efecto fiscal mínimo potencial de $588,965 para el año fiscal 2027. Dicho estimado no incorpora el impacto fiscal asociado a la cancelación de deudas dispuesta en la Sección 2 de la medida.