La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el Proyecto del Senado 1275 (P. del S. 1275), que propone añadir una nueva Sección 1061.26 a la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico”, para establecer un período mínimo para someter, a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI), la evidencia requerida con las planillas de contribución sobre ingresos. La medida fija términos distintos según la planilla se radique oportunamente, dentro de una prórroga o fuera de término; dispone que la evidencia presentada fuera del plazo no será considerada; requiere que el Departamento de Hacienda notifique la fecha límite mediante SURI; faculta al Secretario de Hacienda a adoptar la reglamentación necesaria, sin reducir los términos establecidos por ley; y deja sin efecto las disposiciones administrativas incompatibles con dichos plazos.
De aprobarse, el P. del S. 1275 no tendría impacto fiscal, ya que se circunscribe a establecer términos procesales y a requerir la actualización de la normativa administrativa del Departamento de Hacienda y, de ser necesario, de la configuración de SURI. Estas actuaciones pueden llevarse a cabo con los recursos existentes, sin necesidad de asignaciones adicionales de fondos.
No Tiene Impacto Fiscal (NIF)