La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el costo fiscal del Proyecto del Senado 1238 (P. del S. 1238) y el Proyecto de la Cámara 1262 (P. de la C. 1262), que proponen promulgar la “Ley Habilitadora para el Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico”, con el propósito de establecer el Fondo de Proyectos de Capital Público (el Fondo), bajo la administración de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP).
La aprobación de la legislación bajo análisis no conlleva costo fiscal sobre el Fondo General. Se trata de la redistribución de los fondos de mejoras permanentes asignados a las entidades gubernamentales a través del presupuesto certificado, para consignarlos en un solo Fondo. Se trata, pues, de partidas presupuestarias existentes a ser dirigidas a un solo Fondo. Asimismo, la medida propone redirigir el 35% de los recaudos del Puerto Rico Trust Fund, cuantía que recibe anualmente el Gobierno de Puerto Rico por parte del US Customs and Border Protection. Basado en cuantías asignadas presupuestariamente y en el promedio de recaudos recibidos en el PRTF, la OPAL estima que las asignaciones presupuestarias del Fondo pueden ascender a $638,496,026, aproximadamente.
Crear el Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico, bajo la administración de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, no tiene costo fiscal sobre el Fondo General. Se trata de una redistribución de recursos existentes para que el dinero asignado a las entidades del Gobierno de Puerto Rico sobre mejoras capitales permanentes, así como el 35% de los recaudos del Puerto Rico Trust Fund, se consignen en un solo fondo. La medida no incrementa gastos ni crea nuevas obligaciones sobre el fisco. No obstante, las asignaciones anuales que nutrirán el Fondo pueden ascender a $638,496,026, aproximadamente.