La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el Proyecto de la Cámara 754 (P. de la C. 754), el cual propone enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 12 de 10 de diciembre de 1975, según enmendada, Ley de Autorización al DTOP Para Disponer o Arrendar Terrenos o Edificios que Dejaren de Ser de Utilidad Pública (Ley Núm. 12-1975), con el fin de ampliar el orden de preferencia aplicable a la readquisición de propiedades expropiadas o adquiridas por el Gobierno que posteriormente cesen de utilizarse para fines públicos.
La medida incluye como posibles beneficiarios a usufructuarios y arrendatarios que hayan realizado mejoras sufragadas por ellos mismos en la propiedad, así como a miembros de sucesiones o comunidades de bienes vinculadas a estos. Asimismo, establece su participación en los procesos de adjudicación y prioridad cuando existan múltiples interesados en adquirir los inmuebles.
La OPAL concluye que la aprobación del P. de la C. 754 no conllevaría impacto fiscal, debido a que las enmiendas propuestas son de naturaleza procesal y están dirigidas a ampliar los derechos preferentes en la adquisición de propiedades públicas.
Al momento de la prepararse este informe, el P. de la C. 754 había sido aprobado por la Cámara de Representantes, remitido al Senado y referido a la comisión correspondiente para su evaluación.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)