La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el Proyecto del Senado 1186 (P. del S. 1186), el cual propone enmendar el Artículo 17.1 de la Ley Núm. 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, para imponer la inhabilitación por diez (10) años de personas naturales o jurídicas convictas por los delitos allí dispuestos, impidiéndoles contratar con el Gobierno y los municipios y excluyéndolas de registros oficiales. Además, ordena la rescisión de contratos vigentes, requiere cláusulas y certificaciones de no convicción, establece un deber continuo de informar y la adopción de planes de transición. También define los conceptos de persona natural y jurídica, elimina una disposición sobre prescripción de delitos y crea un registro público de convictos, administrado por la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), con vigencia de diez (10) años.
Tras el análisis correspondiente, la OPAL concluye que el P. de. S. 1186 no conlleva impacto fiscal, ya que las disposiciones se atenderían mediante estructuras administrativas existentes, y los costos asociados al registro de personas inelegibles se anticipa pueda ser absorbido dentro de las capacidades operacionales actuales de la OGPe.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)