La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 781 (P. del S. 781), que propone crear un programa de desvío y reeducación para aquellas personas que se declaren culpables de los delitos de explotación financiera y de fraude de gravamen contra personas de edad avanzada, según tipificados en el Código Penal de Puerto Rico.
De aprobarse el P. del S. 781, tendría un costo fiscal que no se puede precisar, pues depende de que el DCR evalúe costos de cursos de reeducación especializados; establezca protocolos de supervisión para garantizar cumplimiento de las condiciones del programa; revise y actualice la reglamentación interna; reclute personal especializado o enmiende contratos existentes para poder implementar adecuadamente la medida; y reclute y adiestre personal que atienda las necesidades del programa. Asimismo, la medida establece que la Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) deberá emitir unas guías con los requerimientos mínimos que debe contener el programa de desvío establecido. Dado que se trata de múltiples variables inciertas, su costo fiscal no es precisable en esta etapa.
No se Puede Precisar