La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto de la Cámara 991 (P. de la C. 991) que propone promulgar la “Ley para Prohibir Ruidos Innecesarios y Proteger la Tranquilidad Pública”; y establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico relacionada a la contaminación de ruido. La medida establece una prohibición general contra ruidos innecesarios que afecten la tranquilidad pública; además, establece prohibiciones en zonas de tranquilidad y zonas residenciales, según definidos en la legislación propuesta.
Evaluada la medida, la OPAL concluye que la aprobación del P. de la C. 991 no conlleva impacto fiscal sobre el Fondo General pues se trata de una medida que regula la conducta ciudadana, sin que sus disposiciones generen costos en su implementación. La medida deroga diversa legislación que regula conductas estrechamente vinculadas entre sí, por lo que la medida busca consolidar en una sola legislación prohibiciones ya existentes. Aquellas responsabilidades que se delegan a los oficiales del orden público forman parte de sus funciones ministeriales, por lo cual, pueden ser asumidas con recursos existentes. Se autoriza a las agencias y municipios a proveer regulaciones más estrictas a las establecidas en la medida.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)