La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 686 (P. del S. 686), que propone establecer la "Ley de la Reserva Natural Las Puntas”; y declarar las parcelas de Punta Ventana y Punta Verraco, del Municipio de Guayanilla, área de Reserva Natural de Puerto Rico, para ser administradas bajo las disposiciones de la Ley Núm. 4-1988, según enmendada, conocida como la “Ley del Programa de Patrimonio Natural de Puerto Rico”.
De aprobarse el P. del S. 686, la OPAL concluye que tendría un costo fiscal sobre el Fondo General que no podemos precisar en este momento, toda vez que parte de la zona designada como reserva natural por esta medida consta en el Registro de la Propiedad como propiedad privada. En consecuencia, limitar el uso y disfrute de propiedad privada mediante legislación podría provocar que el Gobierno de Puerto Rico tenga que desembolsar fondos asociados a la justa compensación como parte de un proceso de expropiación directo o a la inversa. No obstante, en cuanto a la designación sobre propiedad que pertenece al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), la OPAL concluye que no conlleva costo fiscal.
No se Puede Precisar (NPP)