Flecha dorada apuntando hacia la izquierda
Regresar a todos los informes

Informe 2026-161 | PC 738

Septiembre 2025
Proyecto de la Cámara
Acceda a los documentos
en cada formato:
Documento PDF líneas y letras color gris oscuroDocumento CSV líneas y letras color gris oscuro
Resumen

La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el Proyecto de la Cámara 738 (P. de la C. 738), el cual prohíbe que personas que se hayan declarado culpables o admitido haber cometido delitos contra la integridad pública, malversación de fondos o delitos incluidos en el Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico obtengan beneficios de la contratación gubernamental, aun cuando no hayan sido procesadas. Asimismo, dispone que todo contrato deberá incluir la certificación de no haber incurrido en estos delitos y establece que, en caso de incumplimiento, no podrán beneficiarse directa ni indirectamente (a través de relaciones laborales, contractuales o de accionistas) y deberán devolver de inmediato todo ingreso o beneficio recibido.

De aprobarse el P. de la C. 738, la OPAL concluye que no tendría un impacto fiscal sobre el Fondo General, toda vez que se limita a la incorporación de lenguaje, similar al del Artículo 3.3 del Código Anticorrupción, para asegurar que los contratos gubernamentales excluyan a quienes hayan admitido delitos de corrupción o malversación, requieran certificación y establezcan sanciones claras en caso de incumplimiento. En ese sentido, una modificación al marco regulatorio aplicable a las personas jurídicas que suscriben contratos de servicios profesionales con el Gobierno de Puerto Rico no conlleva erogación de fondos.

Efecto Fiscal

No tiene Impacto Fiscal (NIF)

Flecha dorada apuntando hacia la izquierda
Anterior
Siguiente
Flecha dorada apuntando hacia la derecha