La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) estimó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 578 (P. del S. 578), que propone crear la “Ley de Protección y Conservación de Humedales de Puerto Rico” para establecer la política pública sobre su protección, asignar al CEACC la elaboración de un plan de conservación, y conferir al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y a la Junta de Planificación la responsabilidad de implementar reglamentos y procedimientos pertinentes, junto con otras disposiciones complementarias.
De aprobarse el P. del S. 578, este no tendría un efecto fiscal directo sobre el Fondo General toda vez que las funciones otorgadas al CEACC puede entenderse como parte de las funciones que le han sido conferidas conforme a su ley habilitadora. De igual forma, se encontró que actualmente el US Fish and Wildlife Servie cuenta con un Inventario Nacional de Humedales el cual incluye a Puerto Rico. El inventario del US-FWS cuenta con los distintos tipos de humedales georreferenciados y con una frecuencia de actualización anual. Por lo cual, si se utilizara dicho inventario para los propósitos dispuestos en el Artículo 4 no sugiere un impacto fiscal. Por el contrario, realizar dicho inventario pudiera tener costos fiscales significativos.
No tiene Impacto Fiscal (NIF)