La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el costo fiscal del Proyecto de la Cámara 492 (P. de la C. 492) que propone establecer una licencia por paternidad de 20 días.
De aprobarse la medida no conlleva costos fiscales directos al Fondo General toda vez que la legislación va dirigida a otorgar un beneficio laboral a los trabajadores del sector privado.
La otorgación de un beneficio de licencia por paternidad no representa un costo por concepto de un aumento en salario, sin embargo, sí representa un costo económico para el patrono. En esa línea, el patrono se verá obligado a preservar el empleo del padre trabajador mientras este hace uso de la licencia estatutaria. Asimismo, si la otorgación de la licencia ocasiona una disrupción en las operaciones de la empresa, esto requerirá al patrono hacer un reclutamiento -cuando menos temporero- para curar la necesidad en el servicio. Por último, aunque no queda del todo claro, parecería que aplicarían las penas por discrimen que surgen de la Ley Núm. 3 del 13 de marzo de 1942, según enmendada.
De aprobarse el P. de la C. 492, el costo implícito de la licencia por paternidad para las empresas del sector privado es de $35.0 millones para el año natural 2025.
Año Fiscal 2026: $35.0 millones